Autoridad Única
de Área para
el Sur |
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CREACIÓN La Ley orgánica de la administración central establece
en su articulo 4 que el presidente de la republica podrá designar
autoridades únicas de área para el desarrollo de programas
regionales o áreas con las atribuciones que determinen las disposiciones
legales y decreto de creación. |
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OBJETIVO
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